Programa de Control e inspección Higiénico-Sanitaria en Piscinas Privadas de Uso Colectivo (en coordinación con la Comunidad de Madrid)

Objetivo

Reducir el riesgo de accidentes y posibles enfermedades asociadas al uso y disfrute de las aguas de recreo, así como de garantizar las condiciones higiénico-sanitarias del agua para el baño y sus instalaciones.

Actividades

  • Verificación y control de los niveles de cloro y PH de las aguas, así como la adecuada recogida de registros en el libro oficial de control.
  • Control del correcto funcionamiento de    las instalaciones depuradoras y almacenamiento de productos químicos y desinfectantes.
  • Comprobación de las condiciones higiénico-sanitarias de vestuarios y aseos.
  • Verificación de carteles informativos de normas de régimen interno de obligado cumplimiento.
  • Verificación y control de los materiales de rescate y del botiquín de primeros auxilios.
  • Confirmación de la titulación de el/los socorristas.

En el mes mayo se informará a las Comunidades de Propietarios, Administraciones y Empresas de mantenimiento del procedimiento a seguir para la reapertura de la piscina de la temporada en curso.
 

angle-left Declaración Responsable para la puesta en funcionamiento y la reapertura anual de piscinas privadas de uso colectivo (Temporada 2024)

 

El “Programa de Vigilancia y Control de Piscinas” tiene como objetivo reducir el riesgo de accidentes y posibles enfermedades asociadas al uso y disfrute de las aguas de recreo, así como de garantizar las condiciones higiénico-sanitarias del agua para el baño, reguladas en el Decreto 80/1998 por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias, de las piscinas de uso colectivo (BOCM 27/05/98) y Real Decreto 742/2013 por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas de 27 de septiembre (BOE 11/10/13).

¿Quién lo debe presentar?

Todas las piscinas privadas de uso colectivo del municipio de Majadahonda.

¿Cuándo debo presentarlo?

La documentación deberá presentarse antes del 20 de junio del año en curso.

¿Tiene algún coste?

Se deberá abonar la tasa por revisión periódica anual para puesta en funcionamiento de piscinas comunitarias y su apertura, según el Capítulo II, artículo 6, apartado e), de la Ordenanza Fiscal nº 11 vigente, reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos.

El pago de la misma se realizará a través del Portal Tributario de este Ayuntamiento, mediante tarjeta de crédito, o directamente en las entidades financieras habilitadas, presentando la carta de pago de la autoliquidación que se podrá obtener en el citado portal. Una vez en la página de 'Autoliquidaciones', se deberá seleccionar 'Organismo: Ayuntamiento de Majadahonda', y como 'Concepto: 'Apertura de establecimientos'. Se devengará una tasa de 131,97 € por revisión periódica anual de Piscinas.

¿Dónde puedo realizar los trámites?

A través de la Sede Electrónica (mediante formulario electrónico, firmado con certificado digital en el momento de adjuntar la solicitud a través de la Sede). Les recordamos que según la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Comunidades de Propietarios están obligadas a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.

Al enviar la documentación a través de la Sede Electrónica, no es necesario firmar el impreso. La solicitud se firma en el propio sistema, con el certificado digital o DNI electrónico.

¿Qué documentos tengo que presentar?

  • Declaración Responsable para la reapertura anual de piscinas de uso colectivo (Temporada 2024), debidamente cumplimentada. Puede rellenar e imprimir este formulario, para su presentación física en el Registro General, o guardarlo en formato pdf en su ordenador y enviarlo a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento. Para esto último, es imprescindible tener instalada la última versión del programa Acrobat Reader: Acrobat Reader DC, que permite rellenar el formulario y guardarlo relleno en su ordenador. Recomendamos comprobar que el formulario, una vez salvado, contiene toda la información antes de enviar el archivo.

  • Copia del pago de tasas municipales para la reapertura de piscinas (temporada 2024)

  • Análisis del agua realizado antes de la reapertura (aunque se trate de agua de nuevo llenado), con los parámetros indicados en el Decreto 80/98.

  • Las piscinas de 30 vecinos o más, deberán efectuar un segundo control analítico la segunda quincena de julio del agua de todos los vasos de la piscina, con los parámetros establecidos en el RD 742/13, que se presentará a través de la Sede Electrónica, dirigido al Servicio de Prevención y Promoción de la Salud, pudiendo ser también enviado al correo electrónico sanidad@majadahonda.org.

  • Notificación en caso de que haya habido modificaciones estructurales en los vasos o en la instalación general.

¿Qué documentos deben estar disponibles en la instalación?

  • Contrato del socorrista  y/o suplente y titulación oficial (Certificado de Profesionalidad de socorrismo en instalaciones acuáticas, Título de técnico deportivo en salvamento y socorrismo, Título de técnico deportivo superior en salvamento y socorrismo, Título de Técnico Superior en Enseñanza y Animación Socio-deportiva, Título superior en acondicionamiento físico o cualquier otra titulación oficial que habilite para el ejercicio de la profesión de socorrista) o Certificado del curso de formación específico aprobado por la Consejería de Sanidad, según ORDEN 1239/21, de 30 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula la formación mínima necesaria para prestar servicios como socorrista en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural de la Comunidad de Madrid. Comunidades de Propietarios de más de 30 vecinos. 

  • Contrato y certificado de colegiación de médico/a o enfermero/a en piscinas con más de 500 m2 de lámina de agua.

  • Ficha técnica de los productos químicos que se vaya a utilizar en el tratamiento del agua.

  • Certificado de desinsectación desratización y desinfección realizadas.

  • Libro de Registro de Control Sanitario debidamente cumplimentado

  • Normas de Régimen Interno.

La presentación de la “Declaración responsable de comunicación de reapertura anual de piscinas de uso colectivo temporada 2024” conlleva la obligación del cumplimiento de los requisitos higiénico-sanitarios previstos en la normativa.
Es esencial que recuerden que las deficiencias higiénico-sanitarias detectadas en inspecciones realizadas en temporadas anteriores, deberán ser subsanadas antes de la apertura anual 2024 de la piscina.
El incumplimiento de las obligaciones anteriores por los titulares de las piscinas, podrá constituir infracción, dando lugar a las acciones administrativas correspondientes y/o cierre de la instalación.

Para cualquier duda al respecto, pueden contactar con el Servicio de Prevención y Promoción de la Salud en la dirección de correo electrónico: sanidad@majadahonda.org 


DOCUMENTOS:

Normativa Aplicable