Aquellos comercios que tengan que realizar actividades de carga y descarga y no dispongan de vehículos industriales o mixtos destinados a ello, sino de turismos no rotulados y que no tengan función principal de vehículo comercial, podrán disponer de autorización municipal mediante la expedición de una Tarjeta de Carga y Descarga, según lo dispuesto en los artículos 70 y 71 de la Ordenanza de Movilidad.
¿Quién lo puede solicitar?
Todos aquellos solicitantes que tengan actividad comercial y vehículo adscrito que cumpla los requisitos del art. 70 de la citada ordenanza.
¿Tiene algún coste?
No.
¿Tiene caducidad?
Sólo es válido por un año prorrogable, a petición del interesado.
¿Qué documentos tengo que presentar?
- Formulario de solicitud, debidamente cumplimentado
- DNI del solicitante
- Permiso de circulación del vehículo
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (o declaración negativa)
- Acreditación documental de la necesidad de utilizar un vehículo turismo y del tipo de mercancías que se vayan a transportar
- Tarjeta de inspección técnica favorable
- Seguro obligatorio
¿Dónde puedo presentar la solicitud?
- Presencialmente, en el Registro General del Ayuntamiento.
- Presencialmente, en el Registro de cualquier administración pública que tenga convenio de Ventanilla Única, o en las oficinas de correos, mediante ORVE al código digital de destino L01280800
- A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Majadahonda o del Registro Electrónico General de la AGE (firmando la solicitud con certificado digital o DNI electrónico)
- En los registros referidos en el Art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Si el formulario se envía a través de la Sede Electrónica, no es necesario firmar el impreso. La solicitud se firma en el propio sistema, con el certificado digital o DNI electrónico