angle-left Registro en Cl@ve

 

¿Qué es Cl@ve?

Cl@ve es un sistema de identificación, autenticación y firma electrónica común para toda la Administración General del Estado que permite al ciudadano relacionarse electrónicamente con los servicios públicos, a través de una plataforma común de identificación y autenticación, mediante la utilización de claves concertadas, previo registro como usuario en la misma.

Una vez registrado en Cl@ave, el ciudadano tendrá acceso a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Majadahonda, a los sistemas de identificación y autenticación Cl@ave PIN  de la Agencia Tributaria y Cl@ve permanente de la Seguridad Social, entre otros.

 

¿Quién puede presentar esta solicitud?

Cualquier ciudadano.


¿Tiene algún coste?

Es un servicio gratuito. 

 

¿Cómo se acredita la identidad del ciudadano?

El ciudadano que solicite el alta en la Plataforma Cl@ve debe acreditar previamente su identidad. Deberá acudir, en persona, al Registro Municipal, cuyo personal Registro tendrá en cuenta lo siguiente en el proceso de identificación:


Ciudadanos españoles:

Para el registro presencial de ciudadanos españoles, se exigirá la acreditación de la identidad mediante la exhibición del Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor.

No se realizarán registros con otros documentos que, pese a gozar de un uso identificativo socialmente aceptado, han sido expedidos para otros fines, como ocurre con el Pasaporte o el Permiso de Conducir.

Ciudadanos extranjeros:

Para el registro presencial de un ciudadano extranjero es imprescindible que tenga asignado un Número de Identificación de Extranjero (NIE), que deberá quedar registrado en el proceso. 
Para verificar la identidad del ciudadano extranjero que se registra en el sistema Cl@ve, se solicitará un documento identificativo con validez legal: Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, Tarjeta de Identidad de Extranjero o Permiso de residencia, junto con la documentación que acredite su identidad, expedida por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia.

Los documentos relacionados no se consideran un documento identificador, sino un documento que acredita la residencia legal en nuestro país. Para poderse realizar el proceso de identificación con todas las garantías se deben utilizar los documentos expedidos para tal fin. La Ley 4/2000 de derechos y libertades de los extranjeros en España obliga a la persona a portar consigo la documentación que acredite su identidad expedida por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia.

Menores de Edad

Cuando se tramite la Cl@ave PIN de un menor de edad, deberán acudir en persona tanto el menor como el padre, madre o tutor firmante de la solicitud, y se deberá aportar:

  • Exhibición de la documentación que justifique la identificación del padre, madre o tutor legal que realice la solicitud en nombre del menor de edad, de acuerdo con las normas establecidas en el punto anterior.
  • Exhibición de documento que justifique la patria potestad: Libro de Familia o documento expedido por el Registro Civil al efecto, resolución judicial de nombramiento de tutor, etc.
  • Al menor se le solicitará su DNI en vigor, o documentación legalmente establecida en caso de ser extranjero

 

¿Dónde puedo realizar este trámite de identificación?