Registro Municipal de Asociaciones Vecinales

El Registro tiene por objeto permitir al Ayuntamiento conocer el número de entidades existentes en el Municipio, sus fines y representatividad. Es independiente del Registro General de Asociaciones de la Comunidad de Madrid en el que, asimismo, deben figurar inscritas todas ellas.

Podrán obtener la inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales todas aquellas cuyo objeto sea la defensa, fomento o mejora de los intereses generales o sectoriales de los vecinos del Municipio y, en particular, las asociaciones de vecinos de un barrio o distrito, las de padres de alumnos, las entidades culturales, deportivas, recreativas, juveniles, sindicales, empresariales, profesionales y cualesquiera otras similares.

El Registro depende del Área de Participación Ciudadana, y sus datos serán públicos.

Las asociaciones inscritas están obligadas a notificar al Registro toda modificación de los datos dentro del mes siguiente al que se produzca. El presupuesto y el programa anual de actividades se comunicarán en el mes de enero de cada año.
El incumplimiento de estas obligaciones dará lugar a que el Ayuntamiento pueda dar de baja a la asociación en el Registro.

 

Servicio de orientación y asesoramiento personalizado 
Dirección
Plaza Mayor, 3 - 1ª Planta, 28220 Majadahonda.
Tlf.: 91 634 91 00 - Ext. 9914 y 9321
Horario: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 h

Este Área ofrece un servicio de orientación y asesoramiento personalizado a todas aquellas entidades y/o colectivos que quieran constituirse en asociación. 


 
Requisitos para la inscripción
Las Asociaciones que soliciten la inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones de Majadahonda deberán presentar en su conjunto la documentación que se detalla en el catálogo de trámites y servicios  en original o en fotocopia acompañada del original, para su cotejo), en el Registro del Ayuntamiento.

¿Cómo se inscribe una Asociación?
 

angle-left Inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales

 

Solicitud para la inscripción de una Asociación en el Registro, lo que permite al Ayuntamiento conocer el número de entidades existentes en Majadahonda.

Recomendamos contactar con el Área de Participación Ciudadana previamente, para recibir asesoramiento sobre este trámite, en el teléfono 916 634 91 00


¿Qué asociaciones pueden inscribirse?
Todas aquellas cuyo objeto sea la defensa, fomento o mejora de los intereses generales o sectoriales de los vecinos del Municipio y, en particular, las asociaciones de vecinos de un barrio o distrito, las de padres de alumnos, las entidades culturales, deportivas, recreativas, juveniles, sindicales, empresariales, profesionales y cualesquiera otras similares.


¿Tiene algún coste?
La inscripción es gratuita.


¿Qué documentos tengo que presentar?

  • Solicitud de inscripción debidamente cumplimentada, según el modelo adoptado por este Ayuntamiento, el cual se puede descargar directamente en la propia página web municipal, al que habrá de adjuntarse los siguientes documentos:
    • Actividades programadas para el año en curso firmado por el Secretario/a y con el visto bueno del Presidente.
    • Certificación del Secretario/a de la Asociación en la que constará el número de socios/as, con el visto bueno del Presidente.
    • Presupuesto anual de la asociación. 
    • Certificado del nombre de las personas que ocupen los cargos directivos, expedido por el secretario y con el visto bueno del presidente (siempre en el supuesto de que no coincidan con los indicados en el acta fundacional de la asociación).
       
  • Acta fundacional de la Asociación en el que se deberá dejar clara constancia de, al menos, tres acuerdos:
    • Constituir la Asociación (indicando la denominación).
    • Aprobar los estatutos por los que la misma ha de regirse.
    • Personas que ocupen los cargos directivos.
       
  • Estatutos de la Asociación, sellada cada una de sus hojas por la Comunidad de Madrid y firmadas al margen por el Presidente y Secretario/a de la Asociación, en los que deberá constar los extremos señalados por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, con las siguientes precisiones:
    • Denominación de la Asociación: deberá hacer referencia al contenido de sus fines estatutarios.
    • Fines: deberán ser relativos a la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos de Majadahonda (art. 236 del ROF). 
    • Ha de prestarse especial atención a que el ámbito territorial de actuación de la Asociación, sea (si no exclusivamente, sí preferentemente) Majadahonda. Para ello, se requiere que su domicilio social se encuentre en el Municipio y que se justifique que la actuación programada se va a desarrollar en el término municipal de Majadahonda.
       
  • Original de la inscripción en el Registro público correspondiente, por el que se le asigna el número de inscripción en el registro general. El registro público de Asociaciones de carácter autonómico y local está adscrito a la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid [Dirección General de Seguridad e Interior/Planes y Actuaciones/Asociaciones Documentos de Tramitación (www.madrid.org), correo electrónico asociaciones@madrid.org]
    • Dirección: calle Gran Vía Nº 6, 3ª planta, 28013 Madrid.
    • Teléfono de información: 91 720 92 11
    • Horario de Registro: de lunes a viernes de 9 a 14 horas.
       
  • Fotocopia del C.I.F de la asociación (en caso de que lo tenga).


¿Dónde puedo solicitar la inscripción en el Registro?
Presencialmente, en el Registro General del Ayuntamiento.
 

Normativa Aplicable