El Ayuntamiento de Majadahonda informa a los ciudadanos sobre las incidencias actuales en la prestación de los servicios municipales en la sección 'Última Hora' de la web municipal, en la sección "Avisos Breves" del Portal de Transparencia, así como en las Redes Sociales.

Avisos e incidencias en los Servicios
angle-left Bando de la Alcaldesa para la puesta en funcionamiento y la reapertura anual de piscinas

Fecha 06 mayo 2024

La Concejalía de Sanidad desarrolla durante el período estival el "Programa de Vigilancia y Control de Piscinas" con el objetivo de reducir el riesgo de accidentes y posibles enfermedades asociadas al uso y disfrute de las aguas de recreo, así como garantizar las condiciones higiénico - sanitarias del agua para el baño, en cumplimiento del Decreto 80/1998 por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo y Real Decreto 742/13 por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas.

Con este fin, vengo a recordar a todas las comunidades de propietarios y urbanizaciones, que deberán comunicar la puesta en funcionamiento y reapertura de piscinas antes del 20 de junio de 2024, según procedimiento establecido por la misma Concejalía:

  • Pago de tasas municipales por revisión periódica anual para puesta en funcionamiento de piscinas comunitarias y su reapertura: 131,97 € por revisión períodica de la concesión.

  • Presentación de Declaración Responsable para la reapertura de piscinas privadas de uso colectivo a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Majadahonda, así como la documentación que en la misma se indica:

    • Copia del pago de tasas municipales por revisión periódica anual para puesta en funcionamiento de piscinas comunitarias y su reapertura  

    • Análisis del agua realizado antes de la reapertura (aunque el agua sea de nuevo llenado).

    • Las piscinas de más de 30 vecinos, segundo control analítico la segunda quincena de Julio del agua de todos los vasos de la piscina.

    • Notificación en caso de que haya habido modificaciones estructurales en los vasos o en la instalación general.

  • Tener en la instalación a disposición de la inspección sanitaria los documentos:

    • Contrato del socorrista y titulación oficial (Título de técnico deportivo en salvamento y socorrismo o Título de Técnico Superior en Enseñanza y Animación Socio-deportiva o Título de Técnico Superior en Acondicionamiento Físico o Cualquier otra titulación oficial que habilite para el ejercicio de la profesión de socorrista en instalaciones acuáticas) o Certificado del curso de formación especifico aprobado por la Consejería de Sanidad., que les habilite para actuar como socorrista, según ORDEN 1239/21, de 30 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula la formación mínima necesaria para prestar servicios como socorrista en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural de la Comunidad de Madrid, en Comunidades de Propietarios de más de 30 vecinos.

    • Contrato y certificado de colegiación de un médico o enfermero en piscinas con más de 500 m2 de lámina de agua.

    • Ficha técnica de los productos químicos que se vaya a utilizar en el tratamiento del agua.

    • Certificado de desinsectación, desratización y desinfección realizadas.

    • Libro de Registro de control sanitario debidamente cumplimentado.

    • Normas de Régimen Interno.

Para cualquier consulta relacionada con el asunto deberán dirigirse a la Concejalía de Sanidad ( sanidad@majadahonda.org ) Avda. de Guadarrama, 34. Tfno. 91 634 94 22.